Autoconsumo eléctrico, una opción legal y rentable en España

El autoconsumo eléctrico es una opción legal y rentable… Puede que este título te suene de algo. Esta es una frase extraída del vídeo Radiografía del autoconsumo eléctrico en España ¿Lo conoces? ¿Has oído hablar del autoconsumo eléctrico? ¿Te gustaría tener tu propia instalación de generación de electricidad? Participa con tus comentarios.

12-09-2017

Sin duda es mucha la información que podemos encontrar en la red sobre autoconsumo eléctrico. Generalmente la mayoría a favor de esta tecnología por todos sus beneficios. En esta ocasión vamos ha hablar de la web de autoconsumo al detalle.

¿Qué sabes sobre el autoconsumo eléctrico? ¿Buscas información al respecto?

La web autoconsumo al detalle forma parte de un conjunto de actuaciones llevadas a cabo por el IVACE (Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial) para la difusión de información sobre el autoconsumo. Autoconsumo al detalle consiste en un portal cuyo objetivo es dar difusión del autoconsumo eléctrico. Dicho portal se ha desarrollando dentro del marco de la Asociación Española de Agencias de gestión de la Energía (EnerAgen). En el mismo podemos encontrar información técnica relacionada con el autoconsumo.

Aspectos fundamentales del autoconsumo eléctrico

Si no sabes qué es el autoconsumo eléctrico o desconoces cuáles son las modalidades que existen de autoconsumo. Si necesitas saber de qué se compone una instalación de este tipo. O si estás interesado en averiguar cuáles son los aspectos legales y jurídicos. Entonces consulta esta web. Encontrarás respuestas a todas tus preguntas.

La generación centralizada de electricidad es obsoleta. La generación distribuida en cambio ofrece una alternativa más eficiente y menos contaminante. Con esta opción una instalación de autoconsumo en un edificio se convierte en una pequeña central de energía renovable y limpia. La energía generada de forma gratuita puede ser autoconsumida o bien inyectada a la red para su aprovechamiento por otros usuarios de manera instantánea.

Descubre todas las ventajas del autoconsumo y la generación distribuida aquí.

Cálculo de una instalación de autoconsumo eléctrico

La web de autoconsumo al detalle ofrece una ‘calculadora’ del coste de una instalación fotovoltaica de autoconsumo. El procedimiento es muy sencillo.

autoconsumo eléctrico al detalle calculo instalación autoconsumo

Se introducen los datos de provincia, municipio, tarifa contratada y consumo eléctrico mensual. La zona climática aparece de manera automática tras indicar el municipio. El precio de compra de la electricidad se introduce solamente para un tipo de tarifa contratada.

Por último se cliquea sobre Calcular instalación SIN BATERÍASCalcular instalación CON BATERÍAS. 

La calculadora ofrece resultados de:

1. Potencia fotovoltaica a instalar (0,76 kWp).

2. Superficie de tejado libre de sombras necesaria (5,34 – 7,63 m²).

3. Electricidad anual consumida (3.180,00 kWh/año).

4. Electricidad generada por la instalación de autoconsumo eléctrico (1.099,39 kWh/año).

5. Electricidad generada autoconsumida (1.068,13 kWh/año).

6. Electricidad vertida a la red eléctrica (31,26 kWh/año) por no ser autoconsumida instantáneamente.

7. Electricidad demandada de la red eléctrica (2.111,87 kWh/m²).

8. Porcentaje de consumo eléctrico anual cubierto por la instalación (33,60%).

9. Porcentaje de la energía generada pero vertida a la red (2,84%).

El ahorro económico anual se obtiene para el periodo transitorio y para después de dicho periodo: 136,90 euros/año y 77,43 euros/año  respectivamente.
autoconsumo electrico coste instalacion autoconsumo.jpg

Por último la calculadora permite generar un pdf con esta información. También permite re-calcular con otros datos o con instalación con baterías para su comparación.

Recursos para instaladores

La web también ofrece información útil para el instalador. Esta información es de tipo técnico de caracterización y dimensionado de la instalación de autoconsumo eléctrico. Pero también ofrece información sobre cómo tramitar este tipo de instalaciones, líneas de ayudas al autoconsumo eléctrico y otros recursos.

Datos sobre el autoconsumo eléctrico

Como una imagen vale más que mil palabras nada mejora que comprobar sobre el mapa el número de instalaciones existentes mediante gráficos. Esto lo podemos comprobar en autoconsumo en el mapa. Y no sólo de autoconsumo con energía solar sino también con otros tipos de energías.

También se puede comprobar el autoconsumo en cifras: potencia instalada y número de instalaciones. Por último también encontramos un apartado de Respuestas a preguntas frecuentes sobre el autoconsumo.

Radiografía del autoconsumo eléctrico en España

Este es el vídeo que os comentábamos al principio del artículo sobre el autoconsumo eléctrico. No os lo perdáis porque es muy clarificador. A penas os llevará dos minutos su visualización.

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Fuente. www.autoconsumoaldetalle.es; vídeo Radiografía del autoconsumo eléctrico en España.

 

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Escrito por:

Un pensamiento en “Autoconsumo eléctrico, una opción legal y rentable en España

  1. Fernando Monera

    Hola
    En Mayo de 2017 el Tribunal superemo dió via libre para las instalaciones de AUTOCONSUMO SOLAR, COLECTIVO
    PREGUNTA:
    PREGUNTA:
    ¿Necesita autorización comunitaria un propietario para poner en la cubierta paneles solares?
    Cual es el porcentaje del quorum de vecinos?
    Segín nuestra opinión y de acuerdo con el articulo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal , dice:
    Artículo diecisiete.
    Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes reglas:
    1. La instalación de las infraestructuras comunes para el cceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de energías renovables, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.
    Muchas gracias

    Responder

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