La Directiva (UE) 2024/1275 relativa a la eficiencia energética de los edificios, representa un hito en el camino hacia la neutralidad climática en 2050. Esta directiva amplía la visión de la descarbonización. Y lo hace más allá el consumo energético operativo. Incorporando además emisiones GEI incorporadas en los productos de construcción. Así, el sector se enfrenta a la exigencia de cuantificar y reducir el Potencial de Calentamiento Global (PCG) de los edificios a lo largo de su ciclo de vida completo. Descubre en este artículo cuál será la hoja de ruta según la directiva y cómo se va a transponer a la normativa técnica española.
20-11-2025
Emisiones GEI incorporadas en los productos de construcción en la normativa europea
Históricamente, la normativa se había centrado en las emisiones operativas. Es decir, en las emisiones GEI (Gases de Efecto Invernadero) asociadas al consumo de energía durante la fase de uso del edificio. Sin embargo, la actual Directiva (UE) 2024/1275 establece una hoja de ruta para abordar también las emisiones GEI incorporadas en los productos de construcción. Algo que popularmente se conoce como carbono embebido en los materiales de construcción.
Emisiones de GEI incorporadas en los materiales de construcción
(9) El potencial de calentamiento global (PCG) a lo largo de todo el ciclo de vida de un edificio indica la contribución general del edificio a las emisiones causantes del cambio climático, y comprende las emisiones de gases de efecto invernadero incorporadas en los productos de construcción y las emisiones directas e indirectas de la etapa de uso. Por lo tanto, el requisito de calcular el PCG a largo del ciclo de vida de los edificios nuevos constituye un primer paso hacia la atribución de una mayor importancia al rendimiento a lo largo del ciclo de vida completo de los edificios y hacia una economía circular. Directiva (UE) 2024/1275
Por lo tanto, con esta nueva exigencia, los Estados miembros deberán establecer límites al Potencial de Calentamiento Global a lo largo del ciclo de vida de los edificios nuevos. Y para ello tendrán en cuenta, las emisiones operativas y las emisiones GEI incorporadas en los productos de construcción.
Hoja de ruta del PCG en edificios nuevos
El artículo 7 de la directiva establece que se deberá calcular el PCG a lo largo del ciclo de vida según el anexo III. Este se indicará en el certificado de eficiencia energética:
- A partir del 1 de enero de 2028 para todos los edificios nuevos con una superficie útil superior a 1.000 m2.
- Desde el 1 de enero de 2030 para todos los edificios nuevos.
Además, a más tardar, el 1 de enero de 2027, los Estados miembro deben publicar y notificar a la Comisión una hoja de ruta. En esta se detallará la introducción de valores límite sobre el PCG total acumulado a lo largo del ciclo de vida de todos los edificios nuevos. También se fijarán objetivos para los nuevos edificios a partir de 2030. Se tendrá en cuenta una tendencia progresiva a la baja. Incluso valores límite máximos detallados según zona climática y tipología de edificio. Los valores límite máximos estarán en consonancia con el objetivo de neutralidad climática para 2050.
Definición de emisiones de GEI del ciclo de vida completo
La directiva define las emisiones de GEI del ciclo de vida completo. Estas comprenden las emisiones de gases de efecto invernadero que se producen a lo largo de todo el ciclo de vida de un edificio. Incluidos la producción y transporte de productos de construcción. También las actividades realizadas en obras. El uso de energía en el edificio. Incluso la sustitución de productos de construcción. Y por último la demolición, el transporte y la gestión de deshechos y su reutilización, reciclado y eliminación final.
Metodología y recursos para el Cálculo del carbono embebido de los materiales de construcción
El PCG se calculará de conformidad con el Anexo III de la Directiva (UE) 2024/1275. En este anexo se especifica que para los edificios nuevos:
- El PCG será un indicador numérico de cada etapa del ciclo de vida.
- Se expresará en KgCO2eq/m2 de superficie útil.
- Se calculará a lo largo de un periodo de estudio de referencia de 50 años.
- Selección de datos, definición de escenarios y cálculos de conformidad con la norma EN 15978.
- Se tomará de referencia el indicador 1.2 del marco común Level(s) de la UE.
- Podrá existir una herramienta o método de cálculo nacional para proporcionar la información requerida.
- Se podrán utilizar otras herramientas o métodos de cálculo si cumplen criterios mínimos del marco común Level(s) de la UE.
Transposición de la directiva al CTE
En el contexto nacional, la transposición de la Directiva (UE) 2024/1275 está en curso, siendo el Código Técnico de la Edificación (CTE) el instrumento principal para incorporar el indicador de Potencial de Calentamiento Global (PCG) de los edificios. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) ha iniciado los trámites para la modificación del CTE, con el objetivo de cumplir los plazos de la Directiva. Esta adaptación se materializará, previsiblemente, mediante un nuevo Documento Básico: el Documento Básico de Sostenibilidad Ambiental (DB HSA).
Nuevo Documento Básico de Sostenibilidad Ambiental DB HSA
Según el borrador propuesto, el nuevo DB HSA incluirá dos secciones. De ellas, la sección DB HSA1 regulará la exigencia del PCG. Esta sección desarrollará la definición y metodología nacional para calcular el PCG. Con este indicador se determinará la contribución de un edificio a las GEI a lo largo de todo su ciclo de vida. Los valores límite se implementarán a partir de 2030.
El apartado 13, del artículo único del borrador hace referencia al HSA1. En este apartado indica que se calculará el PCG a lo largo del ciclo de vida de los edificios nuevos y de las ampliaciones de los existentes. Este indicador se declarará a través del certificado de eficiencia energética.
Así pues, se establece un marco regulatorio donde el control de las emisiones de GEI ya no se limita a la operación, sino que abarca la selección y el diseño con los materiales. Por lo tanto, este escenario plantea un cambio paradigmático que obliga a los técnicos a adoptar una perspectiva de ciclo de vida en la fase de diseño de los edificios nuevos.
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