Se retrasa la actualización de los documentos reconocidos. Finalmente será a partir del 30 de septiembre de 2026, y no a partir del 1 de abril de 2026, cuando contaremos con nuevos documentos reconocidos para la certificación energética de edificios. Una actualización que resulta fundamental para el sector. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana han reconocido estos documentos. Dicha medida busca adaptar el procedimiento al RD 390/2021. Por lo tanto, se establecen nuevos criterios y modelos de certificado de eficiencia energética. Además los profesionales y propietarios deben conocer estos cambios inminentes. A continuación, se detallan las claves de esta importante actualización normativa.
Actualizado a 01-04-2026
El 1 de Abril era la fecha indicada en la web del Ministerio para la actualización de los documentos reconocidos para la certificación energética de edificios. Sin embargo dicha fecha ha sido cambiada al 30 de Septiembre de 2026.
Motivos de la actualización de los documentos reconocidos para la certificación energética de edificios
La principal razón para la actualización es la adaptación normativa. En primer lugar, es fundamental acatar el Real Decreto 390/2021 de 1 de junio. Este Real Decreto establece el procedimiento básico de certificación. Por lo tanto, exige una revisión de los documentos de apoyo existentes.
Además, se busca mejorar la metodología de cálculo de la calificación. La comisión Asesora evaluó y propuso estos nuevos documentos reconocidos para la certificación energética de edificios. El reconocimiento conjunto de los dos Ministerios garantiza su validez técnica. La finalidad última es facilitar el cumplimiento del procedimiento básico. En consecuencia, se asegura una mayor coherencia y rigor en los certificados de eficiencia energética de edificios. Esta actualización refuerza la política de eficiencia energética.
Contenido de los nuevos documentos reconocidos para la certificación energética de edificios
La actualización aborda diversos elementos técnicos. Se reconocen nuevos criterios para la aceptación de procedimientos alternativos. Esto amplía las opciones disponibles para la evaluación. Asimismo, se actualizan los modelos de etiquetas: proyecto, obra terminada y edificios existentes. Por consiguiente, se clarifica la información que deben contener.
También se revisan las condiciones técnicas para la evaluación de la eficiencia energética. Un punto clave es la actualización del modelo de certificado de eficiencia energética. Igualmente se ha revisado la calificación de la eficiencia energética de los edificios. Además, se modifica el informe de evaluación energética en formato electrónico (XML) y su esquema de datos XSD.
Documentos que se modifican
Estos nuevos documentos reconocidos para la certificación energética de edificios cubren todo el proceso. En total se modifican siete documentos:
1 Certificado de eficiencia energética.
2 Calificación de la eficiencia energética de los edificios.
3 Informe de evaluación energética del edificio en formato electrónico (XML).
4 Condiciones técnicas de los procedimientos para la evaluación de la eficiencia energética de edificios.
5 Etiqueta de eficiencia energética de proyecto. Denominado hasta el 01-04-26 “Etiqueta de eficiencia energética del proyecto”.
6 Etiqueta de eficiencia energética de obra terminada. Denominado hasta el 01-04-26 “Etiqueta de eficiencia energética del edificio terminado”.
7 Etiqueta de eficiencia energética de edificios existentes (nuevo documento).
Como se puede comprobar, se sustituyen las dos etiquetas energéticas actuales por las tres etiquetas que establece el RD 390/2021. También se modifica el encabezado actual de las etiquetas para mejorar la información proporcionada.
El nuevo modelo de certificado de eficiencia energética introduce cambios en la primera página del documento y en los Anexos I, III y IV. Adicionalmente, se crea un Anexo V con la información del técnico certificador.
Las modificaciones introducidas en el RD 390/2021 motivan la adaptación del documento de Condiciones técnicas de los procedimientos para la evaluación de la eficiencia energética de los edificios. Se incluyen los sistemas de automatización y control del edificio en el apartado 2 y se revisa la referencia del fichero climático en el apartado 6.1.
El informe XML se adapta a los cambios introducidos en el resto de documentos, en particular, el certificado de eficiencia energética.
Implicaciones para profesionales y propietarios
Los técnicos competentes deberán familiarizarse con las novedades. Por lo tanto, su trabajo requerirá el uso de los procedimientos actualizados. Tendrán que aplicar los nuevos criterios de aceptación alternativa. También será obligatorio el uso de los modelos de certificado y etiquetas actualizados. Esto implica una adaptación a las nuevas estructuras XML. En consecuencia se espera una certificación más rigurosa y completa.
Por otra parte, los propietarios de inmuebles que se certifiquen se beneficiarán de mayor transparencia. Las nuevas etiquetas ofrecerán una información más clara.
Finalmente, el objetivo es fomentar la rehabilitación y la mejora energética. Estos nuevos documentos reconocidos para la certificación energética de edificios establecen el marco para el futuro.
Toda la información para su consulta en la web del Ministerio para la transición ecológica.
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Hola Paula,
¿Respecto a las carreras universitarias que hasta ahora permitían como técnicos emitir certificados de eficiencia energética (CEE) sabes si van a cambiar o esas mismas titulaciones van a seguir pudiendo elaborar los nuevos CEE?
Gracias.
Buenos días, habrá un enlace para descargar el nuevo programa o equivalente al CE3X para adaptarse a todo lo que viene a partir de 1 de abril de 2026? Se adaptará las oficinas virtuales de las Comunidades Autonómicas a estas nuevas situaciones? Muchas gracias.
Obligatoriamente tendría que estar actualizado el HULC, entiendo que el CE3X también debería actualizarse.
Buenas tardes, estos avisos ya se han publicado en la oficina virtual de la Junta de Andalucía para el registro de los CEEs:
AVISOS:
1. A partir del 1 de octubre de 2026 los certificados energéticos en edificios (en adelante CEE) que se emitan deberán seguir la estructura de datos establecida en los documentos reconocidos sobre certificación energética aprobados mediante Resolución conjunta del 25 de marzo de 2026 de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética y de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura. Concretamente deberán ajustarse al nuevo documento de informe de evaluación energética del edificio en formato electrónico (XML v3.0)) (y correspondiente XSD). Más información en: https://www.miteco.gob.es/es/energia/eficiencia/certificacion-energetica/documentos-reconocidos.html A partir de dicha fecha el Registro admitirá CEE con el esquema XML v3.0 estableciéndose un transitorio, de previsiblemente un mes, en el que se admitirán CEE generados con los esquemas anteriores.
2. A partir del 24 de julio de 2026 (un año tras la publicación en el BOE del Real Decreto 659/2025, de 22 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio) entrará en vigor el procedimiento de acreditación como técnico competente para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. De este modo, sólo podrán realizar certificaciones energéticas en edificios los técnicos inscritos en el Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes que se crea a tales efectos. Aquellos técnicos cuyo domicilio fiscal se encuentre en Andalucía y quieran acreditarse deberán presentar una declaración responsable utilizando la plataforma que se habilitará próximamente por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, del Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competente.