¿Qué es un edificio de consumo de energía casi nulo? ¿Y de cero emisiones?

¿Puede un edificio alcanzar un consumo de energía prácticamente nulo? Dinamarca fue el primer estado miembro que hizo los deberes. De hecho, actualmente es un referente en eficiencia energética en edificación. Primero por sus redes de climatización de distrito y segundo por los sistemas avanzados de envolventes de los edificios. La Directiva Europea 2010/31/UE, modificada por la actual directiva 2018/844, introduce la definición de edificio de consumo de energía casi nulo. Lo define como un edificio altamente eficiente desde el punto de vista energético. Cuya demanda está cubierta fundamentalmente por energía procedente de fuentes renovables. Producidas in situ o en el entorno. Y en España ¿Qué es un edificio de consumo de energía casi nulo? ¿Cómo ha evolucionado la normativa que lo regula? ¿Y si el siguiente paso fuera el de un edificio de cero emisiones? En este post lo analizamos.

The EU has proposed to move from the current nearly zero-energy buildings to zero-emission buildings by 2030

Actualizado a 07-03-2023

El parque edificatorio en Europa es responsable del 36% de las emisiones de CO² y del 40% del consumo de energía. Es por ello que la transformación de este sector hacia una edificación más sostenible y descarbonizada se ha convertido en uno de los elementos clave para el cumplimiento de los objetivos energéticos y medioambientales de la UE, desde finales del siglo XX, y para los próximos años y décadas.

Desde 1997 con el acuerdo del compromiso de Kioto, con el objetivo de reducir las emisiones de los 6 principales gases de efecto invernadero, pasando por las diferentes directivas de eficiencia energética y diferentes acuerdos y compromisos, Europa ha sido marcando el ritmo normativo en cuanto a eficiencia energética en nuestro país.

En este artículo hacemos un repaso de los principales hitos, incluido el objetivo de los edificios de consumo de energía casi nulo (NZEB). Y por qué no, el de edificio de cero emisiones (ZEB).

Europa, líder en la transición hacia una edificación más sostenible

A lo largo de estos últimos años, la normativa española relativa a la edificación ha experimentado una gran transformación. Especialmente en lo que respecta al ahorro de energía y la reducción de la contaminación, incluida la economía circular. Todo ello con el objetivo de la descarbonización del sector para 2050. Y todo ello motivado por el desarrollo de directivas europeas y de acuerdos a nivel mundial. Entre ellos el Protocolo de Kioto en 1997, el Acuerdo de París en la COP 21 de 2015 o la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas (ODS).

En este sentido, los hitos más destacados en nuestra normativa española de edificación han sido:

2002-2013

  • 2002 Directiva 2002/91/CE EPDB. Objetivo 20/20/20 de Europa para 2020.
  • 2006 publicación primera versión CTE.
  • 2007 RD 47/2007, para nueva construcción ya derogado. RITE 1027/2007.
  • 2009 Directiva 2009/28/CE para el fomento de las energías renovables.
  • 2010 Directiva 2010/31/UE de eficiencia energética de los edificios. Incluye la definición de edificio de consumo de energía casi nulo
  • 2012 Reglamento delegado UE 244/2012 de la Comisión. Directiva 2012/27/UE de eficiencia energética.

2013-2015

  • 2013 RD 235/2013 ya derogado. RITE consolidado. Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, parcialmente derogado.
  • 2013-2014 Marco europeo de Energía y Clima 2020-30. Objetivos 40% reducción greenhouse emissions desde 1990, 32% de aprovechamiento de renovables, 32,5% de mejora de la eficiencia energética.
  • 2013 Revisión DB HE versión 2013.
  • 2014 ERESEE, Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el sector de la edificación en España. Actualizado en 2017 y en 2020.
  • 2014 FNEE Creación del Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Ley 18/2014 de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
  • 2014 Plan Nacional de Eficiencia Energética 2014-2020 en respuesta a la exigencia del artículo 24.2 de la Directiva 2017/27/UE.

2015-2019

  • 2015 COP 21 Acuerdo de París y Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas (ODS).
  • 2015 Ley del Suelo RDL 7/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
  • 2016 Recomendación 2016/1318 sobre las directrices para promover los edificios de consumo de energía casi nulo y las mejores prácticas para que antes de que finalice 2020 todos los edificios nuevos sean edificios de consumo de energía casi nulo.
  • 2017 Revisión CTE. Orden FOM/588/2017 que modifica al DB HE y al DB HS3.
  • 2017 Creación del Plan Nacional de Acción de Eficiencia Energética 2017-20
  • 2018 Estrategia a Largo Plazo para 2050. Llamamiento de la Comisión Europea de Neutralidad climática para 2050.
  • 2018 Publicación Directiva 2018/844 de eficiencia energética que modifica a la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética en los edificio. También modifica la Directiva 2012/27/UE.

2019-2022

  • 2019 Plan Nacional de Energía y Clima para 2021-30 PNIEC.
  • 2019 Revisión CTE. RD 732/2019 que modifica el DB HE.
  • 2019 Recomendación UE 2019/786 relativa a la renovación de los edificios.
  • 2020 Pacto verde Europeo: Green Deal. Paquete de iniciativas para situar e la UE en el camino hacia la transición ecológica. Objetivo: alcanzar la neutralidad climática en 2050.
  • 2021 Plan de Acción Economía Circular 2021-23
  • 2022 RD 450/2022 por el que se modifica el CTE. Nueva sección DB HE6 de infraestructuras de vehículos eléctricos en los edificios. Modificación DB HE5 de generación eléctrica procedente de fuentes renovables.

2023

En 2023, se espera una nueva revisión del CTE, al igual que ocurrió en 2018 (cada 5 años) cuya publicación se realizó en diciembre de 2019. También se espera la revisión de la directiva europea EPBD. Los próximos objetivos se irán concretando en 2030 y 2040 para alcanzar en 2050 la neutralidad climática.

 

Porqué edificios de consumo de energía casi nulo

Todo empieza aquí. La Unión Europea adoptó una serie de medidas, a través del Protocolo de Kioto en 1997, con el objetivo de reducir las emisiones de CO2 a la atmósfera. A su vez se asumía el reto de aumentar el aprovechamiento de la energía de fuentes renovables. No hay que olvidar que los edificios son responsables del 40% de consumo de energía en la UE. Ya comentado al principio de este artículo. Por lo tanto representan un importante potencial de reducción de emisiones. Fruto de este acuerdo, los objetivos marcados fueron:

  • Mantener el aumento de la temperatura global por debajo de 2ºC.
  • Reducir para 2020, los niveles de las emisiones de gases de efecto invernadero en un 20%, con respecto a 1990.
  • Aumentar a un 30%, el 20% anterior si se logra un acuerdo internacional.

La reducción de consumo de energía y el mayor uso de las renovables garantizarán el abastecimiento energético, el desarrollo tecnológico y nuevas oportunidades de empleo y desarrollo regional, especialmente en zonas rurales. Este fue el punto de partida, a partir del cual se han sucedido todos los acuerdos y publicaciones. En 2010, con la directiva EPBD 22010/31/UE se introduce el concepto Edificio de consumo de energía casi nulo.

Qué es un edificio de consumo de energía casi nulo

Un edificio de consumo de energía casi nulo es aquel cuyo nivel de eficiencia energética es muy alto. Se determina de acuerdo a la Directiva Europea 2010/31/UE, modificada por la actual Directiva Europea 2018/844. La casi nula o muy baja energía demandada, procederá de fuentes renovables, producida in situ o bien en el entorno.

La eficiencia energética de un edificio se estimará calculando la cantidad de energía consumida anualmente para satisfacer las demandas térmicas, ligadas a un uso normal. Por lo tanto, se expresará con un indicador de eficiencia energética y un indicador numérico del consumo de energía primaria.

Edificio de consumo de energía casi nulo en España

En España, un edificio de consumo de energía casi nulo, es aquel que cumple con las exigencias del DB HE 2019. Un edificio por lo tanto, de baja demanda energética. Para ello se evalúan las condiciones para el control de la demanda energética. La transmitancia térmica global y la permeabilidad al aire de la envolvente térmica y el control solar a través de los acristalamientos. También se evalúa y se limita el consumo de energía primaria. Total y de fuentes no renovables. Se exige una contribución renovable para la generación de ACS y de electricidad. Adicionalmente, se establecen unas condiciones de eficiencia energética para las instalaciones térmicas y de iluminación. Por último, se determina la dotación mínima para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos en los edificios.

¿Son los edificios de cero emisiones el próximo reto?

La UE ha propuesto pasar del concepto de edificio de consumo de energía casi nulo (NZEB) al concepto edificio cero emisiones (ZEB). La directiva de eficiencia energética de los edificios (2010/31/UE) tiene como objetivo que todos los Estados miembros cuenten con un parque edificatorio altamente eficiente desde el punto de vista del consumo energético. Y descarbonizado antes de 2050. Dicha normativa fue modificada en 2018, por la Directiva UE 2018/844 y la Directiva UE 2018/2002.

La Directiva UE 2018/844 determina la obligación para los Estados miembros de renovar sus parques de edificios. Tanto públicos como privados. Para ello introduce el concepto de estrategia de renovación a largo plazo. El objetivo es transformar dichos edificios en edificios de alta eficiencia energética y descarbonizados antes de 2050. Con esta acción, se propone la transformación de los edificios existentes en edificios de consumo de energía casi nulo a más tardar en 2050. Respecto de los edificios nuevos, desde 2021. La directiva también incluye la modernización de todos los edificios con tecnologías inteligentes.

Objetivo de reducción del 55% de las emisiones GEI de la UE

El 15 de Diciembre de 2021, la CE propone la revisión de la Directiva. Se propone adaptarla al objetivo de reducción del 55% de emisiones GEI de la UE. También adaptarla al objetivo de neutralidad climática de aquí a 2050. En esta revisión es donde se incluye la propuesta de de lograr un parque inmobiliario de cero emisiones de aquí a 2050. Para ello se aporta la visión y las herramientas para lograr este objetivo.

Entre las novedades, introduce la nueva definición de edificios de cero emisiones. También matiza las definiciones de edificio de consumo de energía casi nulo. O de renovación profunda. Todo ello entre otras acciones y objetivos.

Próximos objetivos respecto a la directiva de eficiencia energética en los edificios

Los nuevos objetivos con respecto a la propuesta de revisión de la directiva son:

  • 2024. Sustituir las estrategias de renovación a largo plazo por planes nacionales de renovación de edificios. Fecha tope el 30 de junio de 2024.
  • 2027. Aumento de las normas energética mínimas para que los edificios nuevos públicos de la UE sean edificios de cero emisiones. A partir de 2030, todos los edificios nuevos.
  • De aquí a 2027. Los edificios no residenciales de clase G se renovarán hasta alcanzar la clase F. La clase E de aquí a 2030.
  • De aquí a 2030. Los edificios residenciales de clase G se renovarán para alcanzar la clase F. La clase E para 2033.
  • 2050. Parque inmobiliario de cero emisiones.

Además la revisión de la directiva incluye unas normas nacionales comparables para los CEE de aquí a 2025. Introduce también el pasaporte de renovación voluntario de aquí a 2024. Así como un indicador de preparación para aplicaciones inteligentes de aquí a 2026. También incluye el apoyo financiero para aliviar la pobreza energética.

Apoyo a la energía solar en los tejados

Por último, con la invasión rusa de Ucrania en mayo de 2022, la CE modificó la directiva. En esta ocasión para reforzar el apoyo a la energía solar en los edificios. Incluida una instalación gradual y obligatoria de energía solar en los tejados.

Fuente. Marco general de Eficiencia energética en los edificios

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Escrito por:

Un pensamiento en “¿Qué es un edificio de consumo de energía casi nulo? ¿Y de cero emisiones?

  1. Manuel García Barbero

    Excelente blog, enhorabuena.
    La respuesta a tu pregunta es si. Nosotros estamos muy cerca de hacer nuestros dos primeros edificios que cumplen esas exigencias. De hecho ya se están construyendo muchos así.

    Animo a todos mis compañeros técnicos a ponerse las pilas, no solo es posible, es fundamental, entre otras cosas, para eliminar el riesgo de pobreza energética de la ciudadanía, producida principalmente por el nefasto derroche de energía que necesitan para ser habitados.

    Responder

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